La STSJ de Madrid entiende en su rec. 678/2023 que, ante una continuada perpetración de un ilícito penal que afectaba al patrimonio de la empresa, es válida la prueba de videovigilancia encubierta para identificar al responsable.
La STSJ de Madrid entiende en su rec. 678/2023 que, ante una continuada perpetración de un ilícito penal que afectaba al patrimonio de la empresa, es válida la prueba de videovigilancia encubierta para identificar al responsable.