El Tribunal Supremo establece que la nulidad matrimonial por falta de consentimiento no está sujeta a plazos de caducidad, respaldando el derecho a impugnar sin restricciones temporales según el CC.
El Tribunal Supremo establece que la nulidad matrimonial por falta de consentimiento no está sujeta a plazos de caducidad, respaldando el derecho a impugnar sin restricciones temporales según el CC.