La Dirección General de Tributos se pronuncia acerca de la aplicación en IRPF del tipo de retención reducido del 7 % por parte de un contribuyente antes declarado falso autónomo por la misma actividad.
La Dirección General de Tributos se pronuncia acerca de la aplicación en IRPF del tipo de retención reducido del 7 % por parte de un contribuyente antes declarado falso autónomo por la misma actividad.