La Dirección General de Tributos ha señalado en su consulta vinculante (V2616-23), de 27 de septiembre de 2023, que los importes perdidos en una estafa debidamente justificados pueden computarse como pérdida patrimonial en el IRPF.
La Dirección General de Tributos ha señalado en su consulta vinculante (V2616-23), de 27 de septiembre de 2023, que los importes perdidos en una estafa debidamente justificados pueden computarse como pérdida patrimonial en el IRPF.